Oserint Amianto: retirada y gestión de amianto en Madrid
Tejado de uralita con amianto deteriorado por la intemperie

Normativadel amianto2026

El nuevo Real Decreto 847/2026 sustituye al RD 396/2006 y endurece las reglas para trabajar con amianto. Te explicamos qué cambia para propietarios, comunidades y empresas, sin jerga.

  • RERA nº 28/00500
  • Presupuesto en 24 h
  • Plan de trabajo incluido
  • Residuos a vertedero autorizado
Certificado RERA nº 28/00500: Oserint, empresa inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto Oserint inscrita en el REA, Registro de Empresas Acreditadas del sector de la construcción

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Normativa del amianto 2026: lo que cambia

El 23 de octubre de 2026 el BOE publicó el Real Decreto 847/2026, que sustituye al RD 396/2006 y endurece las condiciones para trabajar con amianto.

Además, la Ley 7/2022 de residuos obliga a los ayuntamientos a tener un censo de instalaciones con amianto y un calendario para retirarlo, empezando por las de mayor riesgo y por los edificios con población vulnerable, que deben quedar libres de amianto antes de 2028.

Tiempo hasta el 1 de enero de 2028

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Real Decreto 847/2026: claves

  • Nuevo valor límite de exposición: 0,01 fibras/cm³, diez veces más exigente que el anterior.
  • Se prioriza retirar el amianto frente a otras formas de manipularlo.
  • Antes de demoler, rehabilitar o mantener edificios anteriores a la prohibición hay que identificar los materiales con amianto.
  • La autoridad laboral resuelve el plan de trabajo en 45 días.
  • La inscripción en el RERA pasa a durar tres años, renovables.

Fuente: BOE-A-2026-22081.

Todo lo que necesitas saber

7 capítulos cortos, unos 4 minutos de lectura en total. Elige el que te interese o léelos en orden.

Real Decreto 847/2026: la nueva norma del amianto

El Real Decreto 847/2026, de 21 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, se publicó en el BOE del 23 de octubre de 2026. Transpone la Directiva (UE) 2023/2668 y deroga expresamente el Real Decreto 396/2006, que ha regulado el sector durante veinte años.

Su entrada en vigor y los plazos de adaptación se fijan en sus disposiciones finales y transitorias; consulta siempre el texto oficial del BOE.

Los cambios principales

Valor límite diez veces más bajo

El valor límite de exposición diaria pasa a ser de 0,01 fibras por centímetro cúbico como media ponderada en 8 horas, frente al 0,1 fibras/cm³ anterior. Además, se tienen en cuenta también las fibras más finas.

De la microscopía óptica a la electrónica

Las mediciones de fibras en el aire dejarán atrás el método basado en microscopía óptica. El método actual del INSST (MTA/MA-051) se podrá usar hasta el 20 de diciembre de 2029; después se aplicará un método de microscopía electrónica, más preciso.

Prioridad a la retirada

La norma prioriza la retirada ordenada y segura del amianto y su sustitución frente a otras formas de manipularlo, como encapsularlo o dejarlo en su sitio.

Identificación previa en obras

Antes de cualquier obra de demolición, mantenimiento o rehabilitación en locales construidos antes de la prohibición del amianto, hay que identificar los materiales que lo contienen, por personal cualificado si no existe información previa.

Plan de trabajo: 45 días

Toda retirada necesita un plan de trabajo específico. La autoridad laboral tiene 45 días para resolver y, si no lo hace, el plan se entiende aprobado.

RERA renovable cada tres años

La inscripción en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto tendrá una duración de tres años, renovables. Las empresas ya inscritas deben solicitar la renovación dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor.

Más protección para los trabajadores

Formación gratuita y periódica antes de empezar a trabajar con amianto, comprobaciones de ajuste de los equipos de protección respiratoria y tiempos mínimos de aseo antes de comer y al terminar la jornada.

Ley 7/2022 de residuos: el censo municipal del amianto

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo público de instalaciones y emplazamientos con amianto, con un calendario que planifique su retirada. Ese calendario debe priorizar las instalaciones de mayor riesgo y las que afectan a población más vulnerable, como colegios, hospitales o residencias, que deben estar libres de amianto antes de 2028.

Los censos se remiten a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales de la comunidad autónoma, que inspeccionan las retiradas. Muchos municipios todavía están completando este trabajo, así que es probable que en los próximos años aumenten los requerimientos a propietarios de naves, comunidades y edificios.

Desde cuándo está prohibido el amianto en España

La Orden de 7 de diciembre de 2001 prohibió la utilización, producción y comercialización de fibras de amianto y de los productos que las contienen. La prohibición fue efectiva en 2002. Todo lo instalado antes puede contener amianto, y su retirada debe hacerla una empresa inscrita en el RERA.

Cómo se gestiona el residuo de amianto

El residuo de construcción con amianto es un residuo peligroso (código LER 17 06 05* para materiales de construcción que contienen amianto). Debe ir embalado y etiquetado, viajar con transportista autorizado y acabar en una instalación autorizada. No puede ir a contenedores de obra ni a la basura doméstica.

Qué significa todo esto para ti

  • Particulares: si vas a reformar, hacer una ampliación o tu tejado está deteriorado, identifica y retira el amianto antes, siempre con una empresa RERA.
  • Comunidades de propietarios: bajantes, depósitos y cubiertas de trasteros y garajes son los elementos más habituales. Conviene planificar su retirada antes de una derrama urgente.
  • Empresas e industria: la retirada previa a cualquier obra de rehabilitación o demolición es obligatoria y la nueva norma refuerza los controles.
  • Administraciones: el calendario de la Ley 7/2022 marca 2028 como fecha clave para las instalaciones prioritarias.
En Oserint estamos inscritos en el RERA con el nº 28/00500 y nos encargamos del plan de trabajo, la tramitación ante la autoridad laboral y la gestión del residuo. Si tienes dudas sobre cómo te afecta la nueva normativa, llámanos al 910 23 91 89.
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Cómo se hace hoy una retirada legal

Siete fases, un solo interlocutor. Tú solo tienes que abrirnos la puerta: el plan de trabajo, los permisos y el vertedero corren de nuestra cuenta.

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  1. Llamada y visita técnica gratuita

    Nos cuentas qué hay que retirar y vamos a verlo. Medimos, revisamos el estado del material, la altura y los accesos.

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  2. Confirmación del material

    Si hay dudas sobre si es fibrocemento con amianto, tomamos una muestra para su análisis en un laboratorio especializado.

    Solo cuando hace falta
  3. Plan de trabajo y autorización

    Redactamos el plan de trabajo específico de tu obra y lo presentamos ante la autoridad laboral de la Comunidad de Madrid. Nos ocupamos de todo el papeleo.

    Plazo máximo legal de resolución: 45 días
  4. Preparación y aislamiento de la zona

    Balizamos y señalizamos, protegemos el entorno con plástico, montamos los medios de acceso y la zona de descontaminación del personal.

    Vecinos y trabajadores protegidos
  5. Retirada controlada

    Humectamos el material con encapsulante para fijar las fibras y desmontamos pieza a pieza, sin romper ni cortar con herramientas de alta velocidad.

    Equipos de protección respiratoria y buzos desechables
  6. Embalaje, transporte y vertedero

    Envolvemos y etiquetamos el residuo, y lo trasladamos con transportista autorizado a una instalación autorizada para residuos con amianto.

    Código LER 17 06 05*
  7. Limpieza final y documentación

    Limpiamos la zona con aspiración de filtro HEPA y te entregamos la documentación que acredita la gestión correcta del residuo.

    Todo justificado por escrito

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan antes de pedir presupuesto. Si tu duda no está aquí, llámanos.

¿Qué es el Real Decreto 847/2026?
Es la nueva norma que regula la seguridad y salud en los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Se publicó en el BOE el 23 de octubre de 2026, transpone la Directiva (UE) 2023/2668 y deroga el Real Decreto 396/2006.
¿Cuál es el nuevo valor límite de exposición al amianto?
0,01 fibras por centímetro cúbico, medido como media ponderada en 8 horas. El valor anterior era 0,1 fibras/cm³, es decir, diez veces más alto.
¿Estoy obligado a retirar el amianto de mi casa?
No hay una fecha general para particulares. Pero si vas a demoler, rehabilitar o hacer mantenimiento en un edificio anterior a la prohibición, hay que identificar el amianto antes; y si el material está deteriorado, lo sensato y seguro es retirarlo con una empresa RERA.
¿Qué dice la Ley 7/2022 sobre el amianto?
Obliga a los ayuntamientos a elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto y un calendario para su retirada, priorizando las instalaciones de mayor riesgo y las que afectan a población vulnerable, que deben estar libres de amianto antes de 2028.
¿Qué es el RERA?
El Registro de Empresas con Riesgo por Amianto. Solo las empresas inscritas pueden hacer trabajos de retirada. Con el RD 847/2026 la inscripción pasa a tener una duración de tres años renovables. Oserint está inscrita con el nº 28/00500.
¿Cuánto tarda en aprobarse un plan de trabajo con amianto?
La autoridad laboral tiene un plazo de 45 días para resolver. Según el RD 847/2026, si no hay resolución expresa en ese plazo, el plan se entiende aprobado.

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